COFEPRIS emite alerta sanitaria por la comercialización ilegal de los productos de las marcas Unavy y Umovy

 

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informa sobre la comercialización ilegal de los productos de las marcas Unavy y Umovy (Ácido Hialurónico), “suplementos alimenticios”, los cuales se promocionan en plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles para el dolor y artritis. 

La alerta sanitaria se emite derivado de la notificación de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés), la cual informó que, tras analizar los productos Unavy y Umovy, se detectó que contenían dexametasona, diclofenaco y omeprazol, sustancias farmacológicas que no están declaradas en su etiqueta, por lo que representan un riesgo para la salud de los consumidores. 

Cabe destacar que esta Autoridad sanitaria publicó el 11 de octubre de 2024 la alerta sanitaria sobre la comercialización de los productos de la marca UMARY®, informando los riesgos de este tipo de productos.  

Asimismo, esta comisión federal realizó acciones de vigilancia sanitaria y determinaciones analíticas, mediante las cuales identificó que los productos Unavy y Umovy contenían diclofenaco, ingrediente no declarado en la etiqueta. De acuerdo con  la legislación sanitaria de México, el diclofenaco es un principio activo con actividad farmacológica, que se utiliza en la formulación de medicamentos, el cual debe ser evaluado como insumo para la salud y contar con registro sanitario vigente, como se establece en el Artículo 376 de la Ley General de Salud. 

Es importante señalar que la finalidad de los suplementos alimenticios es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes, de acuerdo con el Artículo 215, fracción V de la Ley General de Salud. En ese sentido, los principios activos citados no pueden incluirse en suplementos alimenticios de acuerdo con el Artículo 171 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. 

Bajo este contexto, los suplementos alimenticios como Unavy y Umovy, que contienen ingredientes no declarados, ponen en riesgo la salud de los consumidores, ya que:

Se desconoce la dosis del principio activo, lo que podría ocasionar daños a la salud a largo plazo. 

Se desconoce la toxicidad de los ingredientes y sus interacciones.

Pueden ocasionar efectos secundarios graves al combinarse con otros medicamentos. 

Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones: 

A la población: 

No usar, no adquirir y no recomendar, el uso de los productos Unavy y Umovy (Ácido Hialurónico) ni cualquier otro que incumpla con la legislación y normatividad sanitaria vigente.  

En caso de identificar los productos mencionados o contar con información sobre su posible comercialización, realizar la denuncia sanitaria correspondiente en el siguiente enlace: denuncia sanitaria.  

No combinar este tipo de productos con medicamentos ni sustituirlos por estos, ya que puede ocasionar daños a la salud. 

Si presenta algún padecimiento o dolor, acuda con personal médico, quienes a través de valoración, estudios y análisis, le proporcionarán un diagnóstico específico y el tratamiento a seguir. 

Al tratarse de productos que incumplen con la legislación sanitaria vigente, no deben comercializarse por ninguna vía ni distribuirse por servicios de paquetería, mensajería nacional o internacional.  

Tampoco deben publicitarse en plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles dentro del territorio nacional. De lo contrario, se contravienen las disposiciones de esta autoridad sanitaria y puede ser acreedor a las sanciones administrativas que resulten conducentes.

COFEPRIS mantendrá acciones de control sanitario e informará oportunamente a la población en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de prevenir riesgos a la salud de la población, procedentes de productos, servicios o establecimientos que incumplan con la legislación sanitaria vigente. 

“El presente, se emite con fundamento en los artículos 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 39, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 17 Bis, fracción I, de la Ley General de Salud; y 3, 12, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.”  

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COFEPRIS emite alerta sanitaria por comercialización de los productos de la marca RS SUPPS

 

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) alerta a la población en general sobre la comercialización de los productos de la marca RS SUPPS, fabricados en Estados Unidos de América (EE. UU.), los cuales se promocionan como suplementos alimenticios; sin embargo, en su publicidad se le atribuyen propiedades terapéuticas y rehabilitadoras.  

Esta alerta se emite como resultado del análisis técnico-documental y de las acciones de vigilancia sanitaria, mediante las cuales se observó que el etiquetado y la publicidad de los productos infringen diversas disposiciones establecidas en la legislación sanitaria vigente. 

Estos productos se comercializan a través de plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles, donde se publicitan de manera errónea, atribuyéndoles cualidades para el tratamiento de padecimientos como cáncer, diabetes, enfermedades del sistema nervioso, entre otros, incumpliendo con lo establecido en la fracción V del artículo 215 de la Ley General de Salud. 

El fabricante o importador no ha sometido ante COFEPRIS estudios o evidencia científica que garantice la seguridad, eficacia y calidad de los productos marca RS SUPSS. Además, se desconocen las condiciones de su fabricación y almacenamiento, por lo que estos productos representan un riesgo para la salud de la población y al medio  ambiente. 

Al atribuirse propiedades preventivas, rehabilitadoras o terapéuticas, características propias de un medicamento, y carecer de un registro sanitario, los productos de la marca RS SUPPS infringen lo establecido en los artículos 212, 221 fracción I, 222 y 376 de la Ley General de Salud.  

Asimismo, contravienen lo dispuesto en el Reglamento de Control Sanitario de  Productos y Servicios, en el artículo 25, debido a que el etiquetado se presenta en idioma inglés, así como en el 174, ya que el etiquetado muestra imágenes de partes del cuerpo. 

De la misma manera, infringe lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, en su artículo 6, fracción I, al publicitar y comercializar sus productos, en sitios web y redes sociales, con cualidades que no les corresponden. 

Derivado de lo anterior, los productos de la marca RS SUPPS representan un riesgo para la salud del consumidor, ya que se desconoce el origen de sus ingredientes, las condiciones sanitarias de los mismos, su interacción con medicamentos, así como los procesos de fabricación, almacenamiento, transporte e importación.  

Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones: 

A la población: 

No adquirir, utilizar o recomendar el uso de los productos de la marca RS SUPPS, ni de cualquier otro que incumpla la legislación y normatividad sanitaria vigente, ya que pueden representar un riesgo para la salud. 

En caso de identificar la venta de los productos de la marca RS SUPPS y de contar  con información sobre la posible comercialización, realizar la denuncia sanitaria correspondiente en el siguiente enlace: denuncia sanitaria 

Si presenta alguna enfermedad, acuda con médicos especialistas, quienes, a través de valoración, estudios y análisis, le proporcionarán un diagnóstico especializado y tratamiento adecuado. 

No combinar este tipo de productos con medicamentos, ya que se desconoce si pueden presentarse reacciones o interacciones que pongan en riesgo la salud. 

Finalmente, por tratarse de productos que incumplen con la legislación sanitaria vigente, no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuidos por servicios de paquetería, mensajería nacional o internacional, ni ser publicitados en plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles dentro del  territorio nacional. De lo contrario, se contraviene lo dispuesto por esta autoridad sanitaria y podrá ser acreedor a las sanciones administrativas correspondientes.

COFEPRIS mantendrá acciones de control sanitario e informará oportunamente a la población en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de prevenir riesgos a la salud de la población, procedentes de productos, servicios o establecimientos que incumplan con la legislación sanitaria vigente. 

“El presente, se emite con fundamento en los artículos 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 39, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 17 Bis, fracción I, de la Ley General de Salud; y 3, 12 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.”  

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COFEPRIS emite Aviso de Riesgo por comercialización de suplementos alimenticios que contienen dihidromiricetina

 

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informa sobre la comercialización de diversos suplementos alimenticios que contienen dihidromiricetina, como ingrediente activo. Este compuesto, utilizado en la medicina  tradicional oriental y con propiedades farmacológicas como antiinflamatorio, antitumoral y antibacteriano, no está permitido su uso en suplementos alimenticios en territorio nacional, conforme a lo establecido en los artículos 169 y 171 del Reglamento  de Control Sanitario de Productos y Servicios. 

La comercialización de estos productos o con características similares, a través de plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles, así como su publicidad con cualidades que no corresponden a su función o uso,  infringen lo establecido en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad. 

Asimismo, se detectó la comercialización en plataformas de comercio electrónico, y la utilización de un número de un presunto permiso sanitario que corresponde a un aviso de funcionamiento otorgado para otra empresa, por lo que representa una falta a la  normativa sanitaria vigente. 

Las irregularidades identificadas en el etiquetado y la publicidad incluyen leyendas con atribuciones supuestamente terapéuticas, ingredientes no permitidos en su formulación. 

La empresa fabricante y/o importadora no ha sometido ante COFEPRIS estudios ni evidencia científica que garanticen la seguridad, eficacia y calidad de los productos. Además, se desconocen las condiciones de su fabricación y almacenamiento, por lo que  estos productos representan un riesgo para la salud de la población. 

Por lo anterior, este tipo de productos incumplen lo establecido en los artículos 212, 215 fracción V y 221 fracción I de la Ley General de Salud, así como en los artículos 173 y 174 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. 

Al atribuirles cualidades de un medicamento, estos productos, deben contar con  registro sanitario emitido por esta comisión federal y ajustarse a las disposiciones legales en materia de importación y etiquetado.

Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones a la población: 

No adquirir, utilizar o recomendar este tipo de productos que contengan dihidromiricetina en su formulación o con las características señaladas que se comercializan a través de plataformas de comercio electrónico, sitios web y  aplicaciones de dispositivos móviles, que incumplan la normatividad sanitaria vigente, ya que pueden ocasionar un daño grave a la salud. 

Si cuenta con algún padecimiento que requiera un tratamiento, debe acudir con un profesional de la salud, quien, a través de valoración, estudios y análisis, proporcionará un diagnóstico y el tipo de tratamiento a seguir. 

No combinar estos productos con otros medicamentos, ya que se desconoce si podrían presentarse reacciones o interacciones que puedan poner en riesgo la  salud. 

Por tratarse de productos que incumplen con la legislación sanitaria vigente, no deben comercializarse ni distribuirse, incluyendo servicios de paquetería, mensajería nacional e internacional, ni ser publicitados en plataformas de comercio electrónico, sitios web y  aplicaciones de dispositivos móviles dentro del territorio nacional. De lo contrario, se contravienen las disposiciones de esta autoridad sanitaria y podrían imponerse sanciones administrativas que resulten conducentes. 

COFEPRIS mantendrá acciones de control sanitario e informará oportunamente a la población en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de prevenir riesgos a la salud de la población, procedentes de productos, servicios o establecimientos que  incumplan con la legislación sanitaria vigente. 

“El presente, se emite con fundamento en los artículos 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 39, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 17 Bis, fracción I, de la Ley General de Salud; y 3, 12 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.” 

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