COFEPRIS emite alerta sanitaria por comercialización de los productos de la marca RS SUPPS

 

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) alerta a la población en general sobre la comercialización de los productos de la marca RS SUPPS, fabricados en Estados Unidos de América (EE. UU.), los cuales se promocionan como suplementos alimenticios; sin embargo, en su publicidad se le atribuyen propiedades terapéuticas y rehabilitadoras.  

Esta alerta se emite como resultado del análisis técnico-documental y de las acciones de vigilancia sanitaria, mediante las cuales se observó que el etiquetado y la publicidad de los productos infringen diversas disposiciones establecidas en la legislación sanitaria vigente. 

Estos productos se comercializan a través de plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles, donde se publicitan de manera errónea, atribuyéndoles cualidades para el tratamiento de padecimientos como cáncer, diabetes, enfermedades del sistema nervioso, entre otros, incumpliendo con lo establecido en la fracción V del artículo 215 de la Ley General de Salud. 

El fabricante o importador no ha sometido ante COFEPRIS estudios o evidencia científica que garantice la seguridad, eficacia y calidad de los productos marca RS SUPSS. Además, se desconocen las condiciones de su fabricación y almacenamiento, por lo que estos productos representan un riesgo para la salud de la población y al medio  ambiente. 

Al atribuirse propiedades preventivas, rehabilitadoras o terapéuticas, características propias de un medicamento, y carecer de un registro sanitario, los productos de la marca RS SUPPS infringen lo establecido en los artículos 212, 221 fracción I, 222 y 376 de la Ley General de Salud.  

Asimismo, contravienen lo dispuesto en el Reglamento de Control Sanitario de  Productos y Servicios, en el artículo 25, debido a que el etiquetado se presenta en idioma inglés, así como en el 174, ya que el etiquetado muestra imágenes de partes del cuerpo. 

De la misma manera, infringe lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, en su artículo 6, fracción I, al publicitar y comercializar sus productos, en sitios web y redes sociales, con cualidades que no les corresponden. 

Derivado de lo anterior, los productos de la marca RS SUPPS representan un riesgo para la salud del consumidor, ya que se desconoce el origen de sus ingredientes, las condiciones sanitarias de los mismos, su interacción con medicamentos, así como los procesos de fabricación, almacenamiento, transporte e importación.  

Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones: 

A la población: 

No adquirir, utilizar o recomendar el uso de los productos de la marca RS SUPPS, ni de cualquier otro que incumpla la legislación y normatividad sanitaria vigente, ya que pueden representar un riesgo para la salud. 

En caso de identificar la venta de los productos de la marca RS SUPPS y de contar  con información sobre la posible comercialización, realizar la denuncia sanitaria correspondiente en el siguiente enlace: denuncia sanitaria 

Si presenta alguna enfermedad, acuda con médicos especialistas, quienes, a través de valoración, estudios y análisis, le proporcionarán un diagnóstico especializado y tratamiento adecuado. 

No combinar este tipo de productos con medicamentos, ya que se desconoce si pueden presentarse reacciones o interacciones que pongan en riesgo la salud. 

Finalmente, por tratarse de productos que incumplen con la legislación sanitaria vigente, no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuidos por servicios de paquetería, mensajería nacional o internacional, ni ser publicitados en plataformas de comercio electrónico, sitios web y aplicaciones de dispositivos móviles dentro del  territorio nacional. De lo contrario, se contraviene lo dispuesto por esta autoridad sanitaria y podrá ser acreedor a las sanciones administrativas correspondientes.

COFEPRIS mantendrá acciones de control sanitario e informará oportunamente a la población en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de prevenir riesgos a la salud de la población, procedentes de productos, servicios o establecimientos que incumplan con la legislación sanitaria vigente. 

“El presente, se emite con fundamento en los artículos 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 39, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 17 Bis, fracción I, de la Ley General de Salud; y 3, 12 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.”  

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