Cofepris emite una Alerta Sanitaria por la comercialización del producto FORCE FOREVER
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informa sobre la comercialización del producto FORCE FOREVER en presentación 60 tabletas de 400 mg, elaborado por la empresa OMEGA NUTRITION. Éste se publicita como suplemento alimenticio, sin embargo, en su promoción se le atribuyen propiedades terapéuticas y rehabilitatorias, por lo tanto no puede ser comercializado como suplemento de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud.
Esta alerta se emite como resultado de las acciones de protección contra riesgos sanitarios y del análisis técnico documental de la información, en el que se identificó que el producto FORCE FOREVER, infringe diversas disposiciones establecidas de la legislación sanitaria vigente, tanto en el etiquetado, como en la publicidad.
A continuación, se muestra la imagen del producto referido:
Al respecto, el fabricante no ha sometido ante COFEPRIS estudios o evidencia científica que garantice la seguridad, eficacia y calidad del producto. Además, se desconocen las condiciones de su fabricación y almacenamiento, por lo que estos productos representan un riesgo para la salud de la población.
Cabe mencionar que se recibió información de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés), sobre el retiro voluntario en EE.UU. de todos los lotes del producto FORCE FOREVER en presentación de 60 tabletas de 400 mg, debido a que se identificó la adulteración del mismo, con los ingredientes de acción farmacológica: diclofenaco y dexametasona, los cuales no se declaran en la etiqueta. Por lo que la omisión de estos fármacos en el contenido del producto, puede causar efectos adversos e interacción con otros medicamentos, representando un riesgo a la salud de la población.
De acuerdo con la legislación sanitaria de México, los ingredientes diclofenaco y dexametasona son principios activos con acción farmacológica, utilizados en la formulación de medicamentos, los cuales deben contar con registro sanitario vigente, como se establece en el artículo 222 y 376 de la Ley General de Salud.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, infringen el artículo 6 fracción I, que señala que a los suplementos alimenticios no se deben atribuir cualidades preventivas, terapéuticas, rehabilitatorias, nutritivas, estimulantes o de otra índole que no corresponda a su función o uso. El único fin de los suplementos alimenticios es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes, conforme la fracción V del artículo 215 de la Ley General de Salud.
Derivado de lo anterior, el producto FORCE FOREVER representa un riesgo para la salud de la población, ya que se desconoce el origen de sus ingredientes, las condiciones sanitarias, sus posibles interacciones con medicamentos, así como el proceso de fabricación, almacenamiento, transporte e importación.
Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones:
A la población:
- No adquirir utilizar o recomendar el uso del producto FORCE FOREVER, así como cualquier otro que incumpla la legislación y normatividad sanitaria vigente, ya que puede ocasionar un daño a la salud.
- En caso de identificar el producto FORCE FOREVER, no adquirirlo y de contar con información sobre la posible comercialización, realizar la denuncia sanitaria
- Si cuenta alguna enfermedad o padecimiento, debe consultar con un médico, quien a través de valoración, estudios y análisis, le proporcionarán un diagnóstico especializado y el tipo de tratamiento a seguir.
- No combinar este tipo de producto con medicamentos, ya que se desconoce si puede existir reacciones o interacciones que puedan poner en riesgo la salud.
A los distribuidores:
- En caso de identificar el producto FORCE FOREVER, no adquirirlo y de contar con información sobre la posible comercialización, realizar la denuncia sanitariacorrespondiente.
Finalmente, por tratarse de productos que incumplen con la legislación sanitaria vigente, no deberán comercializarse por ninguna vía, ni distribuirse por servicios de paquetería, mensajería nacional y/o internacional, ni ser publicitados en sitios web o en redes sociales dentro del territorio nacional. De lo contrario, contraviene las disposiciones de esta autoridad sanitaria y puede ser acreedor a las sanciones administrativas correspondientes.
COFEPRIS mantiene acciones de vigilancia sanitaria, por lo que informará en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de evitar que productos, servicios o establecimientos que incumplan con la legislación sanitaria vigente y representen un riesgo a la salud de la población.
“El presente, se emite con fundamento en los artículos 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 39, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 17 Bis, fracción I, de la Ley General de Salud; y 3, 12 del Reglamento de la Comisión Federal para protección contra Riesgos Sanitarios.”
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