COFEPRIS EMITE A LA POBLACIÓN UN AVISO DE RIESGO A PRESTADORES DE SERVICIOS EN PROCEDIMIENTOS ESTÉTICIOS
- Instituto de Estudios Superiores en Medicina y la Universidad del Conde señalados por Cofepris.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Dirección General de Calidad y Educación en Salud (DGCES) han identificado el riesgo acerca de personal médico egresado del Instituto de Estudios Superiores en Medicina y la Universidad del Conde involucrado en daños graves a la salud e incluso la muerte dentro de hospitales privados, los cuales realizan procedimientos de cirugía plástica, estética y reconstructiva sin contar con la certificación debida y solo pueden acreditar una Maestría en Cirugía Estética o Maestría en Cirugía Estética y Longevidad. Cabe destacar que ello no los faculta para realizar procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad en cirugía plástica, estética y reconstructiva, como lo establece la legislación sanitaria vigente.
La Ley General de Salud (LGS) en su artículo 81 establece que, para la realización de los procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad se requiere que el especialista haya sido entrenado en instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes, para lo cual, el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (CONACEM) tendrá la naturaleza de organismo auxiliar de la Administración Pública Federal a efecto de supervisar el entrenamiento, habilidades, destrezas y calificación de la pericia que se requiere para la certificación y recertificación de la misma en las diferentes especialidades de la medicina reconocidas por el Comité y en las instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.
En ese sentido, la CONACEM solo reconoce al Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, A.C. como certificador para realizar procedimientos de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva. Adicionalmente, en los artículos 272 Bis, 272 Bis 1, señalan que, para la realización de cualquier procedimiento médico quirúrgico de especialidad, los profesionales requieren título de médico, de cédula de especialista en el área quirúrgica legalmente expedida por las autoridades educativas competentes, además de certificado vigente de especialidad que acredite capacidad y experiencia en la práctica de los procedimientos y técnicas correspondientes.
Aunado a lo anterior, es importante señalar que en el artículo 94 Bis 4 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, refiere que únicamente podrán realizar procedimientos de cirugía estética o cosmética, los médicos con título profesional y cédula de especialidad, otorgada por una autoridad competente, en una rama quirúrgica de la medicina, en términos de los artículos 78 y 81 de la Ley, mientras que, los médicos en formación podrán realizar dichos procedimientos, acompañados y supervisados por un especialista en la materia.
Es necesario mencionar que existen diferencias importantes entre una maestría y una especialidad:
- La especialidad corresponde a estudios de posgrado en el ámbito de la medicina, generalmente se realiza en hospitales o clínicas del sector salud, mediante el Sistema Nacional de Residencias;
- Una maestría es un posgrado que forma al estudiante en un campo de conocimiento y se enfoca en al menos uno de los siguientes objetivos: aportar conocimientos y desarrollar habilidades para realizar actividades de investigación; capacitar para la docencia; o fortalecer el desarrollo de habilidades profesionales y finalmente, el grado académico de maestría lo otorga una institución educativa que no forma parte del Sistema Nacional de Residencias Médicas, por ejemplo, el caso del Instituto de Estudios Superiores en Medicina y la Universidad del Conde.
En ese sentido, la realización de procedimientos de cirugía estética con personal que no se encuentre capacitado y no tenga los conocimientos para enfrentar cualquier situación que se genere durante el procedimiento puede generar daños a tejidos, infecciones en el lugar de la incisión, complicaciones en el proceso de cicatrización (cicatrices anormales y deformidades en piel), acumulación de líquido subcutáneo, sangrados por daño a vasos sanguíneos, separación de heridas quirúrgicas, lesiones nerviosas que se manifiestan con parestesias o hipoestesias permanentes (entumencimientos, hormigueos y pérdida de la sensibilidad), además de ocasionar complicaciones como intoxicación por anestésicos locales secundaria al uso de soluciones tumescentes para liposucción corporal, inadecuado manejo de fluidos endovenosos durante la operación quirúrgica, hipotermia inadvertida, dolor intenso por deficiente analgesia postoperatoria, lo que aumenta significativamente el riesgo de presentar trombosis venosa profunda, tromboembolismo pulmonar, depresión respiratoria, sedación excesiva, shock anafiláctico e incluso la muerte.
A partir de lo antes señalado, el grado académico de maestría en cirugía estética, no faculta a los médicos a realizar procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad conforme lo establece la legislación vigente.
Por lo anterior, Cofepris y DGCES recomiendan:
- A la población, que pretenda someterse a un procedimiento de cirugía plástica estética o reconstructiva deberá asegurarse de identificar los siguientes puntos:
- Que el establecimiento de salud cuente con la licencia sanitaria vigente otorgada por la autoridad sanitaria para realizar actos quirúrgicos, la cual, debe estar a la vista del público.
- Que el médico que realiza los procedimientos cuente con la especialidad en Cirugía Plástica y reconstructiva, la cual pude ser consultada en la liga electrónica:
https://cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/presidencia/indexAvanzada.action y con certificado vigente emitido por los consejos de la especialidad correspondiente, que pueden ser consultados en las siguientes ligas electrónicas https://conacem.org.mx/ y https://cmcper.org/directorio/















