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Cofepris emite una Alerta Sanitaria por la falsificación del producto CAFIASPIRINA®
(Ácido acetilsalicílico/Cafeína 500 mg/30 mg) tabletas
Febrero.- La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informa sobre la detección de una fecha de caducidad distinta a la original en el producto CAFIASPIRINA®, (Ácido acetilsalicílico/Cafeína 500 mg/30 mg), identificado por Bayer de México, S.A. de C.V., como falsificado.
Cabe destacar que el 7 de febrero de 2025, se publicó la alerta sanitaria sobre la falsificación del producto con otra fecha de caducidad.
Las siguientes fechas se han detectado como falsificaciones del producto:
Al tratarse de un producto falsificado, se desconoce la calidad sanitaria de los ingredientes, condiciones de fabricación, almacenamiento y transporte, lo que representa un riesgo para la salud de los consumidores, ya que no se garantiza su calidad, seguridad y eficacia.
Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones:
A la población en general:
- No adquirir ni usar CAFIASPIRINA® (Ácido acetilsalicílico/Cafeína 500 mg/30 mg), con número de lote X23TJT, independientemente de la fecha de caducidad, ya que puede ocasionar daños a la salud.
- En caso de identificar a la venta CAFIASPIRINA®, (Ácido acetilsalicílico/Cafeína 500 mg/30 mg) con número de lote X23TJT, no adquirirlo y de contar con información sobre su posible comercialización, realizar la denuncia sanitaria
- Reportar reacciones adversas en el siguiente enlace: VigiRam o al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
A Distribuidores y farmacias:
- Adquirir medicamentos únicamente con distribuidores autorizados y validados por la empresa titular del registro sanitario, que cuenten con licencia sanitaria y aviso de funcionamiento, así como con la documentación de la legal adquisición del producto.
COFEPRIS mantendrá acciones de control sanitario e informará oportunamente a la población en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de prevenir riesgos a la salud de la población, procedentes de productos, servicios o establecimientos que incumplan con la legislación sanitaria vigente.
“El presente, se emite con fundamento en los artículos 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 39, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 17 Bis, fracción I, de la Ley General de Salud; y 3, 12, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.”
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